lunes, 28 de enero de 2013

El dilema del prisionero: ¿Cooperar o competir?


El dilema del prisionero es un problema fundamental de la teoría de juegos que muestra que dos personas pueden no cooperar incluso si en ello va el interés de ambas.
Fue desarrollado originariamente por Merrill Flood y Melvin Dresher mientras trabajaban en RAND en 1950. Albert W. Tuckerformalizó el juego con la frase sobre las recompensas penitenciarias y le dio el nombre del "dilema del prisionero" (Poundstone, 1995).
Es un ejemplo de problema de suma no nula. Las técnicas de análisis de la teoría de juegos estándar, por ejemplo determinar el equilibrio de Nash, pueden llevar a cada jugador a escoger traicionar al otro, pero ambos jugadores obtendrían un resultado mejor si colaborasen.
En el dilema del prisionero iterado, la cooperación puede obtenerse como un resultado de equilibrio. Aquí se juega repetidamente, por lo que, cuando se repite el juego, se ofrece a cada jugador la oportunidad de castigar al otro jugador por la no cooperación en juegos anteriores. Así, el incentivo para defraudar puede ser superado por la amenaza del castigo, lo que conduce a un resultado cooperativo.

Un ejemplo: 
 Tú confiesasTú lo niegas
Él confiesaAmbos son condenados a 6 años.Él sale libre y tú eres condenado a 10 años.
Él lo niegaÉl es condenado a 10 años y tú sales libre.Ambos son condenados a 6 meses.

Preguntas examen 4.2.2013


1.- Diferencias entre moral y ética

2.- Características acción moral 


3.- La conciencia moral


4.- El desarrollo de la conciencia moral según Kohlberg


5.- Los valores  morales y la ética de mínimos en Jürgen Habermas


6.- relación entre la ética y la política

7.- El realismo político de Nicolás de Maquiavelo


8.-La critica al estado del marxismo ya anarquismo


9.-El contracutualismo clásico ( Rousseau y Hobbes)


10.-El neocontractualismo de John Rawls


11.-Define y compara iusnaturalismo y positivismo jurídico


12.-Comentario de texto


13.-El dilema del prisionero 

Positivismo jurídico


El positivismo jurídico consiste en aplicar el modelo epistemológico de la física - matemática empleado por el positivismo al ámbito jurídico.
El positivismo niega por completo la concepción naturalista del derecho por que para este la realidad es la idea y esta no es susceptible de verificación y experimentación, carente de entidad real y por tanto no puede ser objeto de conocimiento científico.
Con el positivismo jurídico se le quiere dar el carácter único de ciencia al derecho despojándolo de ciertas practicas tradicionales que no se acogen al método científico, separando el ser del derecho de su deber ser en la medida que este ultimo por ser una idea no es comprobable ni verificable, entendiendo el derecho como una realidad tangible por que rige la vida social de los pueblos y viéndolo desde este punto de vista le son aplicables los principios cognoscitivos del positivismo basados en la ciencia físico - matemática.






Iusnaturalismo

Las teorías sobre el derecho natural o la ley natural tienen dos vertientes principales relacionadas. Por una parte, una vertiente ética y, por otra, una vertiente sobre la legitimidad de las leyes.

La teoría ética del derecho natural o de la ley natural parte de las premisas de que (1) los humanos son racionales y (2) los humanos desean vivir y vivir lo mejor posible. De ahí, el teórico del derecho natural llega a la conclusión de que hay que vivir de acuerdo con cómo somos, de acuerdo con nuestra naturaleza. Si no lo hiciésemos así nos autodestruiríamos.

Eso supone que los seres humanos compartimos unas características comunes, una naturaleza o esencia: unas características físicas y químicas, biológicas, psicológicas, sociales y culturales, espirituales (racionalidad, por ejemplo), etc. . Eso hace que las formas de vida que podemos vivir y las formas de vida que podemos vivir satisfactoriamente no sean ilimitadas debido a nuestras necesidades.

lunes, 21 de enero de 2013

Ejercicio de comentario de texto de Rousseau

Reduzcamos todos este balance a términos fáciles de comparar. Lo que pierde el hombre por el contrato social es su libertad natural y un derecho ilimitado a todo cuanto le tiente y que puede alcanzar; lo que gana es la libertat cilvil y la propiedad de todo cuanto posee. para no engañarnos en estas compensaciones, hay que destinguir bien la libertad natural que no tiene mas limite que la sfuerzas del individuo, de la libertad civil, que esta limitada por la voluntad general, y la posesión, que no es más que el efecto de la fuerza o el derecho del primer ocupante, de la propiedad que no puede fundarse sino sobre un título positivo.
Según lo precedente, podría añadirse a la adquisición del estado civil, la libertad moral, la única que hace al hombre auténticamente dueño de sí; porque el impulso del simple apetito es esclavitud, y la obediencia a la ley que uno se ha prescrito es libertad.


ACTIVIDADES

A) Según el texto,¿qué gana el hombre viviendo en la sociedad civil? Se podría afirmar lo mismo hoy día?

La libertad civil y la oportunidada de todo cuanto posee. Si, se podria afirmar.


B) ¿Qué diferencia hay entre libertad natural y libertad civil?

La libertad natural es el poder hacer todo lo que quieras dado que no existen las normas.
La libertad civil, son libertades que se dan escritas en códigos civiles como los derechos, que son aprobados por todos mediante por ejemplo votación,

El buen salvaje


El buen salvajenoble salvaje, o mito del buen salvaje es un lugar común o tópico en la literatura y el pensamiento europeo de la Edad Moderna, que nace con el contacto con las poblaciones indígenas de América. Este mito, aun hoy en día, se ha convertido en parte del imaginario de muchas personas sobre la relación entre los pueblos "civilizados" y los "primitivos". Rousseau describe al hombre el estado de naturaleza tal y como él lo 
concibe en Discurso sobre la desigualdad entre los hombres. En este discurso se 
nos describe la constitución física del hombre natural, que demuestra que éste es 
un ser individual, no social, particularmente bien adaptado. Rousseau cree que el 
hombre al volverse social se vuelve débil, temeroso y rastrero. En este 
fragmento Rousseau aboga por la medicina mientras que los médicos serán 
brutalmente atacados en el Emilio, puesto que opina que es la naturaleza la que 
cura, no los hombres

Contrato Social


En filosofía políticaciencia política y sociología, el contrato social es un acuerdo real o hipotético realizado en el interior de un grupo por sus miembros, como por ejemplo el que se adquiere en un Estado en relación a los derechos y deberes del estado y de sus ciudadanos. Se parte de la idea de que todos los miembros del grupo están de acuerdo por voluntad propia con el contrato social, en virtud de lo cual admiten la existencia de una autoridad, de unas normas morales y leyes, a las que se someten. El pacto social es una hipótesis explicativa de la autoridad política y del orden social.
El contrato social, como teoría política, explica, entre otras cosas, el origen y propósito del Estado y de los derechos humanos. La esencia de la teoría (cuya formulación más conocida es la propuesta por Jean-Jacques Rousseau) es la siguiente: para vivir en sociedad, los seres humanos acuerdan un contrato social implícito, que les otorga ciertos derechos a cambio de abandonar la libertad de la que dispondrían en estado de naturaleza. Siendo así, los derechos y deberes de los individuos constituyen las cláusulas del contrato social, en tanto que el Estado es la entidad creada para hacer cumplir con el contrato. Del mismo modo, los hombres pueden cambiar los términos del contrato si así lo desean; los derechos y deberes no son inmutables o naturales. Por otro lado, un mayor número de derechos implica mayores deberes; y menos derechos, menos deberes.